A pesar de que los profesionales del MINTRAB aseguren que en cada centro de trabajo se da un caso de acoso sexual, según lo que reflejan los procedimientos de oficio que realizan en las empresas, estas no tienen la cultura de denunciar. De hecho, en esta cartera de Estado que vela porque la empresa responda por este delito, solamente tiene cinco casos en los tres años que tiene de haber iniciado el trabajo la unidad. Eso por una vía. Por la otra, es decir, la judicial, es otro proceso. Sin embargo, la Fiscalía no reveló un número de denuncias.
El juez Sexto de Instrucción Roberto Antonio Arévalo hace un recuento en 10 años que tiene de ver estos casos, Dice que ha atendido 60 aproximadamente, y sólo uno de ellos ha sido condenado. Según este juez, es debido a que este tipo de casos por ser catalogado como “un delito de alcoba”, es decir que se practica en la intimidad, es bien difícil recabar pruebas.
Rodríguez en parte lo confirma al decir que en el acoso sexual no hay nada tangible ni documentado, son cuestiones eminentemente subjetivas, por eso la única manera que tienen para comprobar es a través de las entrevistas con los involucrados. En ese proceso se verifica si el acoso es de obra o de palabra.
El hecho de que las personas afectadas no acudan a la denuncia tiene que ver con el temor que tienen las afectadas a ser juzgadas. En eso coinciden los tres expertos consultados. “Por el señalamiento que la misma sociedad hace, se le señala que es la culpable, la que provocó, que se le metía al jefe. Además quien es acusado trata de denigrarla, hacerla sentir que se está dando baños de pureza”, explica Arévalo.
Junto con ese valor la o el denunciante también debe enfrentarse a la parte más difícil, a la parte probatoria. “No sólo basta con tener la razón, sino que hay que saberla probar”, culminó el juez.