Un tema que ha despertado el interés del legislador, últimamente, es el límite del endeudamiento de las organizaciones públicas, incluyendo dentro de estas a entidades autónomas y gobiernos locales, considerando que, aunque dichas obligaciones no gozan de una garantía explícita del gobierno central, en caso de enfrentarse dificultades para atender el pago de dichos compromisos, tendría que ser este último el que debería asumirlo, tal como ha sucedido en diferentes partes del mundo; debiendo destinar para ello impuestos colectados, intertemporalmente, de los contribuyentes.