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Requisitos para la partida de nacimiento, matrimonio y defunción

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TRÁMITES. Los compatriotas en el exterior realizan trámites para realizar partidas de nacimiento, matrimonio o defunción en los consulados salvadoreños..

De acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores, para tramitar una partida de un nacimiento, matrimonio o de defunción a salvadoreños residentes en el extranjero, la persona deberá presentar a la oficina consular algún documento que haga constar el acontecimiento, además de sus documentos de identidad personal.

Los registros de nacimientos y matrimonios son gratuitos si se realizan dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que ocurrió cualquiera de los acontecimientos mencionados.

Si el trámite se hace luego de esos seis meses, la persona deberá pagar una multa de cinco dólares por el trámite.

Las personas interesadas en estos trámites podrán identificarse con la licencia para conducir, el pasaporte, el carné electoral, el documento único de identidad (DUI.), o el carné del seguro social.

Registro de nacimientos

Para asentar a un recién nacido, los padres deberán presentarse al consulado dentro de los seis meses siguientes al nacimiento.

Los padres deberán presentar sus documentos de identidad personal y algún documento emitido en el país donde radican que demuestre que el nacimiento se realizó en ese país.

Los interesados deberán llenar un formulairo con los datos del nacimiento, luego el funcionario del servicio exterior que atienda el caso inscribirá el documento que ampara el nacimiento y expedirá una certificación que mandará al Ministerio de Relaciones Exteriores para que mande una copia a la alcaldía de San Salvador.

Registro de matrimonios

Una vez celebrado el matrimonio, cualquiera de los cónyuges, se puede presentar a alguno de los consulados salvadoreños en el exterior.

Los interesados deberán presentar sus documentos de identificación y las certificaciones de las partidas de nacimiento de los cónyuges y el documento original extranjero que ampara el matrimonio.

Si uno o ambos contrayentes eran viudos o divorciados al momento de casarse, deberán entregar la certificación de la partida de defunción o de divorcio, según sea el caso, expedidas por la alcaldía del lugar donde ocurrió el acontecimiento.

Registro de defunciones

Cuando fallece una persona en el extranjero, el padre, la madre o cualquier otro familiar, deberá presentarse al consulado salvadoreño para solicitar el asentamiento.

Los familiares deberán presentar algún documento de identidad personal y de el fallecido, junto con una certificación de partida de nacimiento, y el documento original extranjero que ampara el deceso.

Si la persona estaba casada, el interesado deberá entregar la certificación de la partida de matrimonio.

El impuesto por este trámite es de 60 dólares americanos o su equivalente en moneda extranjera.

Para mayor información sobre el trámite para obtener su pasaporte salvadoreño en el extranjero consulte con el consulado más cercano a su residencia, o visite el sitio de internet del MInisterio de Relaciones Exteriores que se encarga de los salvadoreños en otros países, en www.comunidades.gob.sv.

   
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