Sobreseen de forma provisional a militar acusado de violación
Escrito por Mauricio BolañosViernes, 14 agosto 2009 00:00
El Juzgado Segundo de Instrucción de Zacatecoluca sobreseyó provisionalmente al teniente coronel Alfredo de Jesús Ortiz Blanco, procesado por el delito de violación agravada en contra de su hija de 16 años.
Según el proceso, el militar abuso de la menor el 27 de julio del año pasado.
Viajaba con ella desde Zacatecoluca hacia San Salvador, cuando a eso de las 9 de la noche paró en el kilómetro 37 ½ de la autopista hacia el aeropuerto internacional, en la jurisdicción de San Luis Talpa.
Ortiz, de acuerdo a la acusación, llevó el carro a un callejón y atacó a su hija.
Después, la llevó a su residencia, en la capital, donde convive con una familia que no es la de la niña abusada.
La supuesta víctima no dijo nada en la casa de su padre, sino que llamó por teléfono a su madre, quien reside en Estados Unidos.
La señora viajó al día siguiente y ante la oficina fiscal de Zacatecoluca interpuso la demanda en contra del militar, quien se desempeñaba como jefe de asuntos civiles en el Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada. La Fiscalía giró una orden administrativa de arresto, que fue hecha efectiva en lugar de trabajo del imputado.
La audiencia inicial se realizó en el Juzgado de Paz de San Luis Talpa, que decretó instrucción formal con detención provisional y luego el caso pasó al juzgado de Instrucción del mismo municipio.
La madre de la víctima demando a la jueza de Instrucción ante la PDDH. Consideró que el atraso del juicio favorecía al imputado. La Cámara de la Tercera Sección del Centro mandó el caso al Juzgado Segundo de Instrucción.
Estimados lectores
LA PRENSA GRÁFICA mantiene desde hace un tiempo la disposición de dejar sus canales de comunicación abiertos para que ustedes puedan expresarse libremente sobre cualquier tema publicado en nuestras plataformas digitales. Sin embargo, hemos leído comentarios bastante ofensivos hacia los personajes que generan noticia en nuestro país, así como discusiones bastante negativas que contradicen el sentido de la libre expresión.
Por ello, les invitamos a hacer buen uso de este espacio generando discusiones sanas y con respeto. Advertimos que al detectar ofensas o calumnias nos vemos en la obligación de borrar los mensajes. Queremos mantener este espacio abierto, ayúdenos a que no haya un uso abusivo de este.
Usted puede ayudarnos a mantener este espacio abierto marcando un comentario ofensivo con la
que aparece al poner el cursor sobre el comentario.
Foto de LA PRENSA/Mauricio Bolaños
Débiles pruebas de la Fiscalía
La jueza decretó la liberación temporal porque la Fiscalía no presentó pruebas probatorias contundentes.
La funcionaria mencionó que el examen practicado por Medicina Legal a la menor dio resultado negativo, pero no se realizó ningún examen de ADN.
La Fiscalía tampoco ordenó la prueba psicológica para la niña y tampoco consta la verificación ocular del vehículo que supuestamente se utilizó para cometer el delito.
La juzgadora citó estas entre varias cosas por las cuales no condenó al militar.
La Fiscalía tiene un plazo de un año para reabrir el caso.














Subir



