Municipalidades se preparan para la Ley de Convivencia
Escrito por Valeria MenjívarLunes, 11 abril 2011 00:00
“Las alcaldías que tengamos un alto desarrollo tendremos una mayor posibilidad de aplicar la ley.”
Carlos Ruiz, alcalde de Soyapango
“Habrá que trabajar en programas, planes y políticas para que sean desarrollados por los distritos.”
Celina Escolán, Alcaldía de San Salvador
“Lo que pretendemos es que podamos buscar mecanismos de educación, de tolerancia, de respeto y solidaridad.”
Blanca Bonilla, alcaldesa de Ayutuxtepeque
“La ley vendrá a desarrollar la convivencia para que los te-mas se puedan resolver en el ámbito comunitario y no lleguen a convertirse en delitos.”
Hugo Ramírez, subdirector de la PNC
Algunas alcaldías del Área Metropolitana de San Salvador ya cuentan con el personal que facilitará su aplicación. El resto debe prepararse. Tendrán un año para hacerlo.
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Las alcaldías inician a preparase para poder aplicar, dentro de un año, la Ley Marco para la Convivencia Ciudadana y Contravenciones Administrativas. La normativa tendrá que aplicarse en los 262 municipios del país.
Por el momento, la ley ya fue aprobada por la Asamblea Legislativa, pero está en el proceso de revisión por parte del presidente de la República, Mauricio Funes. La iniciativa busca “establecer normas de convivencia ciudadana que conlleven a preservar la seguridad y la prevención de la violencia social”.
Para las alcaldías no será tarea fácil la preparación que tendrán que dar al personal y a la ciudadanía. La ley exige a los gobiernos municipales contar con un delgado contravencional, quien será la persona encargada de “verificar, sancionar y resolver los casos” que se estipulan en el proyecto.
“Creo que habrá que hacer un gran esfuerzo. Indudablemente que las alcaldías que tengamos un alto desarrollo como cabeceras departamentales, tendremos una mayor posibilidad. Va a ser necesario un tiempo para que todo el país pueda ejecutarla, tomando en cuenta que las realidades de los municipios son diferentes”, dijo Carlos Ruiz, alcalde de Soyapango y vicepresidente de la Corporación de Municipalidades de El Salvador (COMURES).
Ruiz indicó que COMURES iniciará la próxima semana a sostener las reuniones para establecer el plan de acción que deberán ejecutar los gobiernos municipales, sobre todo porque la legislación obliga a las alcaldías a elaborar ordenanzas, o a adecuar las que ya poseen, para desarrollar las normas de convivencia.
Según Mario González, alcalde de San Martín y miembro de la Comisión de Cohesión Social del Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de San Salvador, para ellos no será tan difícil cumplir la ley, porque “el 80% de las alcaldías que conforman el COAMSS ya cuenta con delegados o poseen ordenanzas sobre contravenciones”. Algunas de ellas son San Marcos, Apopa, San Salvador, Santa Tecla y San Martín.
El resto de municipios que no cuenta con esos recursos deberán aplicarlos. Los organismos encargados de hacer cumplir la ley, además de las alcaldías, serán la Procuraduría General de la República, el Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) y la Policía Nacional Civil (PNC).
La asesora legal de la Alcaldía de San Salvador, Celina Escolán, mencionó que la nueva legislación también obliga a los municipios a readecuar el presupuesto con el que cuentan para cumplir con lo dictaminado.
Apoyo PNC
Unos 15,000 policías podrían colaborar para que la ley de convivencia se pueda cumplir. Sobre todo, brindarán asistencia en los municipios que no cuentan con CAM. Así informó Hugo Ramírez, subdirector de Seguridad Pública de la PNC. Comentó que aún no han realizado los estudios para determinar cuáles sitios específicos brindarán asistencia.
Para Ramírez, la ley “es de gran ayuda” para la Policía, por su aporte en el fortalecimiento de la convivencia, lo que, para él, contribuirá a la disminución de delitos.
“Esta ley lo que va a venir a hacer es a desarrollar la convivencia de tal forma que los temas que se pueden resolver en el ámbito comunitario no lleguen posteriormente a convertirse en delitos”, mencionó el subdirector.
Sobre las sanciones
Entre los puntos que la población debe conocer sobre la ley de convivencia están las sanciones, ya sean amonestaciones verbales o escritas, reparación de daños, decomisos, trabajo de utilidad publica, suspensión de permisos y licencias, cierre definitivo y multas.
Según el Código Municipal, las multas son hasta de ocho salarios mínimos mensuales del sector comercio, de acuerdo a la infracción. Sin embargo, algunos alcaldes consideran que se deben regular con tarifas únicas.
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Control. Las alcaldías que cuentan con un Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) tienen el camino adelantado para poder cumplir con la nueva normativa.
Tomar en cuenta prohibiciones
Son alrededor de 50 prohibiciones que la población deberá acatar, divididas en cuatro categorías, con el fin de normar el comportamiento de las personas en diferentes aspectos.
Lugares públicos
No se podrán utilizar las aceras, parques, vías o cualquier otro lugar público para realizar las necesidades fisiológica.
Ingerir bebidas embriagantes en lugares no autorizados, ni venderlas sin permiso. Ingresar o vender bebidas con 6% de alcohol en eventos públicos.
Cruzar la vía fuera de la zona peatonal o de forma imprudente, o bien no utilizar la pasarela cuando esté a una distancia no mayor de 100 metros.
Ocasionar peleas o tomar parte en riñas o agresiones físicas o verbales, siempre que el hecho no sea grave y considerado delito. Tampoco denunciar falsamente.
Tranquilidad pública
Hostigar o maltratar de forma verbal o psicológica a otra persona, sin llegar a ser clasificado como delito. Tampoco dañar los servicios públicos municipales.
Introducir sin autorización cualquier tipo o clase de material pirotécnico en espectáculos o eventos, ya sean públicos o privados.
Portar objetos cortopunzantes o contundentes, como instrumentos o armas que no sean de fuego, siempre que su uso no se justifique.
Las personas no podrán instalar establecimientos o desarrollar cualquier tipo de actividad comercial sin contar con un permiso otorgado por las alcaldías.
Medio ambiente
Botar o lanzar basura o desperdicios en lugares o espacios públicos o en días y horarios no autorizados para tal efecto.
Realizar ruidos que perturben la tranquilidad de las personas cerca de hospitales, escuelas, servicios de emergencia y zonas residenciales.
Producir contaminación frecuente con humo, ruido, o ambos y con vehículos en zonas habitacionales causando molestias a la salud de las personas.
Por ejemplo, no se podrá fumar en lugares cerrados de uso público. Los establecimientos podrán disponer de áreas autorizadas para fumadores.
Mascotas
Incumplir las reglas sanitarias del Ministerio de Salud y permitir la libre circulación en espacios públicos de mascotas que representen riesgos.
Es prohibido tener animales salvajes sin contar con permisos ni las debidas medidas de seguridad, al igual que exhibir animales peligrosos en público.
Específicamente, omitir la advertencia que hay en un lugar, de forma visible, sobre la existencia y peligrosidad de perros guardianes, ya sea en viviendas u otros sitios.
Omitir por parte de los dueños o responsables de los animales domésticos el aseo de los “desechos fisiológicos o suciedades ocasionadas por los animales”.
Derogación de Ley de Policía
Con la entrada en vigor de la ley de convivencia, se deroga la Ley de Policía, vigente desde 1900.
Dictaminación
En el artículo 13 de la ley de convivencia se dictamina que además se derogarán las posteriores “reformas de a la Ley de Policía y todas aquellas leyes, decretos y disposiciones sobre la materia”.
Reformas ordenanzas
Para Celina Escolán, asesora legal de la Alcaldía de San Salvador, al derogar dicha ley obliga a realizar reformas en ordenanzas para regular e “incorporar ciertas actividades, como la de los casinos”, y se puedan instalar en los municipios. En la Ley de Policía se prohíbe los juegos de naipes, cartas y otros. Establece que son los alcaldes quienes deben autorizar la instalación de lugares como billares.














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