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Reformas sin prohibición total a los pirotécnicos

Gobernación llevó a la Asamblea las propuestas. La principal es prohibir la venta y su uso a menores de 18 años.

Escrito por Byron Sosa
Miércoles, 08 febrero 2012 00:00
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“Lo más importante de esta reforma es la prohibición de la venta y la manipulación por parte de los menores de edad.”

Ernesto Zelayandía, ministro de Gobernación

“Con esto la familia asumirá la responsabilidad con los menores de 18 años en el manejo de la pólvora.”

Orestes Ortez, diputado del FMLN

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La prohibición de vender pirotécnicos a los menores de 18 años es el cambio más significativo presentado por el Ministerio de Gobernación, en su intención de modificar la Ley para el Control y Regulación de Armas, Municiones, Explosivos y Artículos Similares.

La iniciativa llegó ayer hasta la Asamblea Legislativa respaldada por representantes de iglesias, Cuerpo de Bomberos, Hospital Bloom y Ministerio de Salud, así como algunos diputados.

“Una de las novedades que trae esta reforma es la prohibición de la manipulación y la venta para los menores de 18 años de edad. La semana pasada le transmití esta propuesta a las fracciones parlamentarias de CN, GANA y FMLN, y a los otros partidos fue enviada la propuesta, para explicarles el fondo de estas medidas. La presencia de ellos implica un acompañamiento de esta iniciativa que no es del Gobierno, sino de diferentes entidades del país”, dijo el ministro de Gobernación, Ernesto Zelayandía.

En la propuesta presentada ayer ante el congreso también se incluye el tema de la educación (ver recuadro), atender con programas a través del Ministerio de Educación, Ministerio de Salud y Ministerio de Gobernación a través del Cuerpo de Bomberos.

“Además, se establecen las faltas (menos graves, graves y muy graves), así como sanciones; la regulación y algunas prohibiciones como la de venderle pólvora a los menores de edad, los cuales tampoco deberán manipularla”, manifestó el director del Cuerpo de Bomberos, Ábner Hurtado.

En el tema de las sanciones, Zelayandía manifestó que se mantendrán las que están establecidas en el Código Penal y anunciadas a finales de 2011, las cuales van de uno a tres años de cárcel impuestas a padres de familia por las quemaduras de pólvora que sufran sus hijos; también a vendedores de productos restringidos o que comercien en lugares no autorizados.

No será total

Orestes Ortez, diputado del FMLN que acompañó la iniciativa, dijo: “Este paquete de reformas permitirá que la venta sea de aquellos artefactos autorizados por la ley; segundo, que se venda en los lugares que están autorizados y reúnen condiciones para que no hayan accidentes. Y tercero, y esto creo que es lo más importante, que la familia asuma la responsabilidad con los menores de 18 años en el manejo de la pólvora”.

Al consultarle al legislador porqué no se busca la prohibición total de la pólvora expresó: “La hemos examinado en otras legislaturas a fondo, pero vemos que eso podría generar tres cosas: la producción clandestina y el contrabando de la producción pirotécnica de los países hermanos hacia acá. Y tres, darle ventaja a los grandes importadores que vienen de China en detrimento de nuestra mano de obra”.

Ni los diputados ni Gobernación explicaron cómo se hará el control, pues aún con restricciones de algunos pirotécnicos, siempre se venden año con año e igualmente se distribuye en lugares no autorizados.

Un tema que fue definido por la mesa técnica y en la cual intervino la Secretaría Jurídica de la Presidencia es que los padres no paguen el tratamiento de los niños cuando se quemen con pólvora.

“Eso no se hizo porque con Salud discutimos el tema, ya que la propuesta del Gobierno es que el sistema de salud público sea gratuito”, agregó Zelayandía.

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Empuje.  Varias instancias acuerparon a Gobernación al presentar esta propuestas al uso, venta y manipulación de los pirotécnicos.

FOTO DE LA PRENSA/Melvin Rivas

Empuje. Varias instancias acuerparon a Gobernación al presentar esta propuestas al uso, venta y manipulación de los pirotécnicos.

36

niños quemados fueron atendidos en el Bloom.

18

años, la edad mínima para compra, venta y manipulación de pólvora.

Modificaciones

Estos son extractos de cómo quedarían los artículos de la ley:

ART. 50

“Asimismo, queda prohibido el funcionamiento de salas de venta de productos pirotécnicos terminando en los siguientes lugares: locales donde se desarrolle otro tipo de comercio; en el interior de mercados; en sectores destinados para el comercio informal por las municipalidades correspondientes; y en lugares donde no exista acceso inmediato de las unidades contra incendio.”

ARTÍCULO 56

“Para los efectos de la aplicación de este artículo, queda prohibida la fabricación, comercialización, importación, exportación y uso de productos pirotécnicos tales como silbadores, morteros que excedan los 2 gramos de mezcla explosiva o de medidas superiores conocidas como número cinco, con una longitud de 4 pulgadas y media, y de diámetro de una pulgada tres cuartos y bombas de mezcal, fulminantes, buscaniguas, chispas del diablo, roquet chino y misil chino, triángulo de la muerte, botellita de champán, mina de mar, destructor, bolita de fútbol explosiva y cualquier otro producto con características de efectos similares a estos”.

ARTÍCULO 68

“El MINED, MINSAL y Gobernación, deberán crear y desarrollar programas de prevención y educación sobre el no uso de productos pirotécnicos. Serán impartidos antes de finalizar el tercer trimestre del año lectivo”.



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