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TRABAJO
No seas víctima de acoso sexual

Sara tenía 22 años cuando decidió emprender su vida laboral en una agencia de publicidad. Su juventud, inexperiencia y otras cualidades físicas que no pasaban inadvertidas ante la mirada masculina, la hicieron presa fácil de acoso en el lugar de trabajo.

Ese primer día laboral fue el comienzo de un capítulo desagradable de acoso que duró tres meses. "Siempre había un motivo para mantenerme en su oficina, lo cual era incómodo para mí porque pronto comenzaron los rumores entre los compañeros de trabajo" relató Sara.


"Mis deseos de superarme en la carrera de la cual acababa de egresar me llevaron a soportar esas situaciones incomodas que comenzaron en cumplidos por mi forma de vestir, y progresaron en coqueteos y propuestas íntimas que al no aceptarlas se volcaron hacia mí poniendo en riesgo mi seguridad laboral".


El acoso sexual es una conducta que atenta contra la dignidad de mujeres y hombres, se considera cualquier tipo de acercamiento o presión de naturaleza sexual tanto física como verbal, no deseada por quien la sufre, que surge de la relación de empleo y da como resultado un ambiente de trabajo desfavorable, intimidatorio y un condicionamiento de las oportunidades de ocupación de la persona perseguida.


La Organización Internacional del Trabajo (OIT) señala que para que sea acoso sexual debe integrar tres elementos: Un comportamiento de carácter sexual, que no sea deseado, y que la víctima lo perciba como un condicionante hostil para su trabajo.

Identifícalo


Según la licenciada Gladis Ortiz de Zepeda, Psicóloga y Master en Recursos Humanos, se distinguen dos tipo de acoso sexual: El que crea un ambiente hostil, y en el que existe o no un elemento de chantaje, este último se identifica como "quid pro quo".


El primero se refiere a situaciones discrepantes o amenazadoras, en cambio el acoso "quid pro quo" entraña un abuso de autoridad por parte del empleador, semejante al chantaje sexual, en el que la hostigada es forzada a elegir entre acceder a las demandas sexuales o perder algún beneficio en su trabajo.


El acoso sexual laboral se refiere al hecho que una persona solicite a otra favores de naturaleza sexual, ya sea para sí mismo o para una tercera, con la amenaza de causar a la víctima un daño en el ámbito laboral" declaró Ortiz.

Señales


El acoso sexual consiste en emplear una conducta sexual indebida. Según la experta se puede presentar en diversas formas entre las que se incluyen:
El contacto físico, tal como el que te agarren, pellizquen o toquen tus senos u otras partes del cuerpo, o te den un beso en contra de tu voluntad.
Los comentarios sexuales, tales como asignar apodos, correr rumores acerca de tu persona, hacer bromas sexuales, dirigir gestos sexuales hacia ti o acerca de ti.


Como sugerir encuentros sexuales contigo, o pedirte citas amorosas repetidamente aunque tú ya hayas dicho que no.


La comunicación indeseada, como llamadas telefónicas, cartas o correos electrónicos. Estos podrían ser de contenido grosero o amenazante, como también podrían ser elogiadores o acogedores pero aun incómodos para ti", explicó.

Por qué más mujeres que hombre
La mayoría de las víctimas de acoso sexual son mujeres, dada a la cultura machista que persiste en la sociedad; aunque no se descartan los casos de varones asediados por figuras femeninas que ocupan cargos superiores.


El problema guarda relación con los roles atribuidos a los hombres (fuerte y dominante), y a las mujeres (débil y sumisa) en la vida social y económica que, a su vez, directa o indirectamente, afecta la situación de las mujeres en el mercado de trabajo.


Sin embargo, también corren peligro de padecer acoso cuando se les percibe como competidoras por el poder. Por tal es que se considera una forma de discriminación de género, tanto desde una perspectiva legal como en su concepto.

Huellas del acoso


El acoso laboral afecta negativamente al asediado, y sus consecuencias son demoledoras. Le lleva a la frustración, absentismo y pérdida de autoestima y de la productividad; también le perjudica su salud al provocarle trastornos de sueño, dolores de cabeza, problemas gastrointestinales, náuseas, hipertensión, úlceras; en definitiva; una sintomatología física asociada al estrés.


Además de los dañinos efectos físicos y psíquicos, la víctima corre el riesgo de perder su trabajo y la oportunidad de desarrollarse profesionalmente. Esta podría ser la razón oculta de que empleados valiosos abandonen o pierdan su puesto de trabajo cuando, por otra parte, han dado muestras de un buen rendimiento.


En este sentido también perjudica a la empresa, ya que si consiente un clima de tolerancia hacia el acoso sexual, su imagen podría verse dañada en el supuesto que las víctimas hagan pública su situación.

Cómo encarar al perseguidor
"En cierta ocasión me invitó a una cena, yo accedí porque supuestamente sería de negocios. No fue así. Me insinuó que tuviéramos una relación, a lo cual me negué, trató de besarme y al ver mi indisposición, me amenazó con despedirme... Ese día fue el último en esa empresa" expresó Sara.


"Ante una situación de estas, tienes dos alternativas: Encarar al hostigador apoyada por las leyes, o buscar otro puesto. Si optas por la última debes confiar en tus capacidades y exprimir tu autoestima para cambiar de vida" recomendó la sicóloga.

Niveles de acoso, reconoce cuál es tu caso...
1) Leve, verbal: Chistes, piropos, conversaciones de contenido sexual.
2) Moderado, no verbal y sin contacto físico: Miradas, gestos lascivos, muecas.
3) Medio, fuerte verbal: Llamadas telefónicas y/o cartas, presiones para salir o invitaciones con intenciones sexuales.
4) Fuerte, con contacto físico: Manoseos, sujetar o acorralar.
5) Muy fuerte: Presiones tanto físicas como psíquicas para tener contactos íntimos.

Penado por la Ley
El Código Penal de la República de El Salvador, en el Título IV: Delitos contra la libertad sexual, Capítulo III, Art. 165, dice lo siguiente sobre el acoso sexual.
El que realice conductas sexuales indeseadas por quien las recibe, que implique tocamiento u otras conductas inequívocas de naturaleza sexual será sancionado con prisión de seis meses a un año.

Si el acoso sexual se realizare prevaliéndose de la superioridad originada por cualquier relación se impondrá además una multa de treinta a cincuenta días multa.

Aconseja: Gladis Ortiz de Zepeda. Psicóloga y Master en Recursos Humanos Tel. 2260-6045.