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Espionaje telefónico

Escrito por Ricardo Trotti / Periodista argentino, director de Libertad de Prensa de la SIP, residente en Miami
Jueves, 12 marzo 2009 00:00
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 En Colombia fue despedido el jefe de inteligencia junto con sus subalternos; en México debió renunciar el ministro de Comunicaciones; en Argentina la justicia trató de cortar el abuso del Estado declarando inconstitucional una ley que permitía espiar; y en Perú, un atentado contra la fiscal nacional, recordó que el año pasado el gobierno reemplazó a varios ministros luego de una extensa investigación por sobornos de parte de una petrolera extranjera.

 

Como suele suceder, el que lleva a la atención pública los casos de corrupción termina acusado y en el centro de la polémica. Varios funcionarios afectados reclamaron que los medios de comunicación no deberían divulgar el contenido de las escuchas telefónicas ilícitas, ya que si bien espiar quebranta la ley, su reproducción aumenta y propaga el delito. De acusaciones similares tuvo que defenderse la revista Semana de Colombia que denunció al Departamento Administrativo de Seguridad de espionaje telefónico sistemático contra magistrados, políticos y directores de medios.

 

En estas controversias, es necesario comprender la diferencia entre espionaje e interferencia telefónica. Mientras en la primera práctica el Estado abusa al violar los derechos de privacidad, libre asociación y expresión que debe proteger; en la segunda suele estar amparado por leyes que le permiten, bajo orden judicial, interferir llamadas entre personas que estarían en evidencia de cometer delitos, como en casos de narcotráfico o terrorismo.

 

Así como Semana despertó el escándalo en Colombia, en México la reproducción en el programa de Carmen Aristegui de un mensaje dejado en un celular donde se señala como ladrón a un ex mandatario precipitó la salida del ministro de Comunicaciones del presidente Felipe Calderón.

 

En Perú no fueron las grabaciones clandestinas, conocidas como el caso de los “petrocasetes”, por las que Alan García tuvo que purgar su gabinete, sino el hecho de que fueran divulgadas por el programa televisivo Cuarto Poder, después de que llegaron en forma anónima a los medios. Este caso recordó los videos de Montesinos que precipitaron la caída de un régimen, gracias a que fueron divulgados por los medios, comprendiéndose así el alcance del abuso gubernamental para extorsionar y corromper.

 

En Brasil, la revista Veja publicó el año pasado grabaciones ilícitas entre políticos y miembros del Supremo Tribunal Federal que le habría proporcionado la Agencia Brasileña de Inteligencia y hace unos años, la Red Globo, tras reproducir escuchas clandestinas, logró desbaratar el espionaje estatal contra el Movimiento de los Sin Tierra.

 

El ajuste de cuentas no se hizo esperar. En castigo, los políticos brasileños, al no saber cómo manejar el escándalo, prefirieron atacar a los mensajeros, promoviendo en 2008 una ley que castiga con cárcel a los responsables de medios y periodistas por divulgar información obtenida en forma ilícita sin la autorización de un juez.

 

Divulgar hechos corruptos es la savia y la obligación del periodismo, por lo que a veces hasta se deben desafiar las leyes para cumplir con la misión. Así sucedió con el New York Times en la década de los setenta, que divulgó los documentos secretos del Pentágono para argumentar su obligación y derecho a publicar, a pesar de que estaba prohibido.

 

La libertad de divulgar hechos corruptos acarrea por lo general el pataleo inicial de los afectados y la desconfianza sobre los medios y periodistas. Sin embargo, cuando las aguas se calman, esa libertad origina la posibilidad de que se corrijan conductas corruptas, por lo que preservarla es esencial al derecho a saber de la sociedad y saludable para la democracia.

 

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